Al llegar el tan esperado momento en el que pagamos la última cuota de la Hipoteca, es recomendable realizar una gestión: “Cancelar la hipoteca en el registro de propiedad”, con el fin de dejarla libre de cargas.
Es necesario realizar este trámite sí se produce alguna de las siguientes circunstancias:
- Quieres vender la vivienda (debe hacerse libre de cargas)
- Quieres contratar una nueva hipoteca sobre dicha vivienda.
Si decidimos no realizar este proceso, después de 20 años de acabar de pagar la hipoteca el Registro de la propiedad eliminará la carga automáticamente.
¿En qué consiste este trámite? Es un trámite registral en el cual debemos de acreditar ante un notario que el préstamo ha sido pagado en su totalidad para así eliminar dicha carga en el registro de la propiedad.
Para empezar a realizar este trámite tenemos 3 opciones:
1ª Opción: Realizar las gestiones por nuestra cuenta, sin lugar a dudas, desde ADICAE recomendamos esta opción, ya que, aunque el consumidor tenga que invertir algo de tiempo, el ahorro económico es considerable y las gestiones a realizar no son tan complicadas.
1º gestión. Debemos de solicitar a nuestro Banco un certificado de “Deuda Cero” de la hipoteca, por la emisión del documento el banco NO puede cobrar, es gratuito. En dicho documento el banco acredita que se ha pagado toda la hipoteca y ya no hay deuda pendiente.
2º gestión. Ir al Notario para la elaboración de la escritura de cancelación puede ser de libre elección por el consumidor. El día de la firma no es obligatorio que acuda el consumidor. El notario tiene que certificar con una escritura la Deuda 0. Dicha escritura deberá de ser firmada por un apoderado de la entidad financiera, gestión por la cual NO nos debe de cobrar la entidad, por ningún concepto, (Ni por el desplazamiento, ni por su firma). Es su obligación facilitar la cancelación. Pasados unos días, tendremos que acudir al Notario para recoger la escritura y pagar nosotros la cuota de sus servicios y de elaboración de la escritura. De este proceso nos pude cobrar el Notario como mínimo 90 € y hasta los 250 €, ya que dependerá del valor con el que se contrató la Hipoteca.
3º gestión. Acudir a nuestra delegación de Hacienda más próxima para rellenar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600). Aunque el acto está sujeto al impuesto y es un paso obligatorio, la tasa está exenta de pago, por lo que no debemos de pagar nada.
4 º gestión. Por último, llevar al Registro de la Propiedad, la escritura de la Notaría, de la entidad financiera y el formulario validado del Impuesto. Deberemos de rellenar un formulario de levantamiento de carga. El coste de cambiar los datos de la vivienda tiene un coste mínimo de 24€, dependiendo del importe solicitado. Después de unos 15 días, ya estará levantada la carga por el Registro. Es recomendable pedir la Nota Simple en el Registro de la Propiedad para comprobar que el proceso se ha realizado correctamente ya tenemos nuestra vivienda libre de cargas.
Si prefieres encargar estas gestiones, puedes hacerlo o bien a la entidad bancaria o a través de una gestoría, pero en estos casos, podrán cobrarte comisiones y gastos, por lo que te recomendamos que te informen previamente sobre los gastos que va a tener esta tramitación.
2ª Opción: Solicitar al banco a que realice todas las gestiones, aunque es la forma más cómoda, es la más cara.
* Comisión del banco por la intermediación en las gestiones realizadas. Puede llegar hasta los 500€, sin lugar a dudas, es una cantidad desorbitada, ya que las gestiones que realiza son mínimas.
* Gastos de la tramitación por la gestoría, por lo general, van a ser más caras que una gestoría que podríamos buscar nosotros. Puede oscilar aproximadamente entre 120 y 200€.
* Los gastos por la emisión de la Escritura Notarial y la cuota de cancelación en el Registro de la Propiedad. Si decidimos realizar el proceso por nuestra cuenta, solo incurriremos en estos dos gastos.
* Algunas entidades solicitan más de 1.000 € de provisión de fondos para hacerse cargo de los gastos del proceso.
En total la suma puede alcanzar los 1700€.
3ª Opción: Solicitar la cancelación registral de la hipoteca a una gestoría, los pasos y costes a seguir son similares a los mencionados en la opción anterior, a excepción de que no habría que abonar la comisión bancaria.